Reconciliación Matrimonial en Argentina en Argentina
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Definición de Reconciliación matrimonial
Según el concepto de Reconciliación matrimonial que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Reconciliación matrimonial hace referencia a lo siguiente:
Acto o actuación voluntario y bilateral, mediante el cual los cónyuges deciden perdonar y dejar sin efecto jurídico ulterior las ofensas recibidas. La reconciliación matrimonial tiene el efecto inmediato de restablecer la vida conyugal dentro de los cauces normales y previstos por la ley.
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Otros Detalles
En cuanto a su forma, puede ser expresa o tácita. La cohabitación de los cónyuges, cumplida con posterioridad al conflicto suscitado entre ambos, hace presumir, siempre, que se ha producido una reconciliación, con todos los efectos legales que ella lleva aparejados.