Pago por Consignación

Pago por Consignación en Argentina en Argentina

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Definición de Pago por consignación

Según el concepto de Pago por consignación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Pago por consignación hace referencia a lo siguiente:

Se denomina Pago por consignación el que se hace depositando judicialmente la suma adeudada, lo cual puede tener lugar cuando el no quiera recibir el pago que le ofrece el deudor; cuando el sea incapaz de recibir el pago al tiempo que el deudor quiera hacerlo; cuando el acreedor esté ausente; cuando sea dudoso el derecho del acreedor a recibir el pago y concurran otras a exigirlo del deudor, así como cuando el acreedor sea desconocido; cuando la deuda sea embargada o retenida en poder del deudor y éste quiera exonerarse del ; cuando se haya perdido el título de la deuda, y cuando el deudor del precio de inmuebles adquiridos por él quiera redimir las que los graven.

Pago por Consignación en el Derecho Argentino

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Pago por Consignación

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Véase También

  • Pago

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