Pago por Consignación en Argentina en Argentina
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Definición de Pago por consignación
Según el concepto de Pago por consignación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Pago por consignación hace referencia a lo siguiente:
Se denomina Pago por consignación el que se hace depositando judicialmente la suma adeudada, lo cual puede tener lugar cuando el acreedor no quiera recibir el pago que le ofrece el deudor; cuando el acreedor sea incapaz de recibir el pago al tiempo que el deudor quiera hacerlo; cuando el acreedor esté ausente; cuando sea dudoso el derecho del acreedor a recibir el pago y concurran otras personas a exigirlo del deudor, así como cuando el acreedor sea desconocido; cuando la deuda sea embargada o retenida en poder del deudor y éste quiera exonerarse del depósito; cuando se haya perdido el título de la deuda, y cuando el deudor del precio de inmuebles adquiridos por él quiera redimir las hipotecas que los graven.
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Pago por Consignación en el Derecho Argentino
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Pago por Consignación
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Véase También
- Pago