Adquisición a Título Singular en Argentina en Argentina
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Definición de Adquisición a título singular
Según el concepto de Adquisición a título singular que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Adquisición a título singular hace referencia a lo siguiente:
La comprensiva de uno o varios objetos de un patrimonio, pero nunca su totalidad ni una parte proporcional. Puede recaer sobre cosas individualmente determinadas, aunque así resulta posible que abarque cuanto tiene una persona. Cabe que comprenda también una universalidad de cosas, como un rebaño, una fábrica, una casa con todo lo que contenga.
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Más sobre Adquisición a título singular
En materia sucesoria, la adquisición a título singular se refiere a los legatarios de cosa determinada o determinable, pero no a los de parte de la herencia, cuya naturaleza se discute, aunque se vea en ellos con preferencia sucesores o adquirentes a título universal, pese ala defectuosa denominación del testador. (Véase asimismo ADQUISICIÓN A TfTULO UNIVERSAL.)