Obligación Voluntaria en Argentina en Argentina
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Definición de Obligación voluntaria
Según el concepto de Obligación voluntaria que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obligación voluntaria hace referencia a lo siguiente:
Tal espontaneidad se refiere al momento constitutivo, en que las partes constriñen su proceder ulterior, una en beneficio de la otra, en la dimensión desigual de acreedor y deudor, o con recíproco equilibrio económico-jurídico. Su caso típico se halla en los contratos, por no estar nadie obligado en principio a concertarlos o a hacerlo con determinada persona. Esta especie se contrapone, por cuanto el obligado se ve compelido por mandato legislativo o de resultas de su proceder antisocial, alas obligaciones legales (véase este último término en esta referencia legal), como tantas limitaciones del dominio, la prestación del servicio militar y en miles de reglamentaciones administrativas, y alas obligaciones penales (véase este último término en esta referencia legal), resultantes de ilícitos penales o de faltas.
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Obligación Voluntaria
Recursos
Véase También
- Obligación