Morada en Argentina en Argentina
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Definición de Morada
Según el concepto de Morada que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Morada hace referencia a lo siguiente:
En su concepción corriente se entiende por tal el lugar donde se vive habitualmente. En esa acepción lo emplea el art. 150 del Código Penal argentino con relación al Ilícito penal de violación de domicilio (véase este último término en esta referencia legal), diferenciando la morada de la casa de negocio, si bien protege a ambas en igual medida. (Véase asimismo la entrada sobre ALLANAMIENTO DE DOMICILIO, DOMICILIO) En lo penal, según algunas legislaciones, por la confianza truncada o por el agravio al hogar ajeno, cometer el Ilícito penal en la morada de la víctima configura agravante (véase este último término en esta referencia legal), a menos de haber provocado aquélla los hechos punibles.
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