Legitimación Adoptiva en Argentina en Argentina
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Definición de Legitimación adoptiva
Según el concepto de Legitimación adoptiva que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Legitimación adoptiva hace referencia a lo siguiente:
Con esta designación se conoce en la doctrina la ficción legal que lleva a considerar como hijo legítimo al que no lo es por la naturaleza; es decir, a quien no ha sido engendrado por los que aparecen como sus padres, sino al amparo de la adopción (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Legitimación adoptiva puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).
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Más sobre Legitimación adoptiva
En buena técnica conviene reservar la expresión para el Derecho francés, en que integra una adopción cualificada, porque el legislador coopera a una ficción de legitimidad, fundada en el matrimonio de los adoptantes y para niños de corta edad. El vínculo nuevo rompe por completo y definitivamente el preexistente con la familia de origen, salvo los impedimentos matrimoniales.