Generales de la Ley en Argentina en Argentina
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Definición de Generales de la ley
Según el concepto de Generales de la ley que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Generales de la ley hace referencia a lo siguiente:
Conjunto de preguntas, previstas por la mayoría de los códigos procesales, que tienen por objeto: a) proceder a la identificación del testigo; b) verificar si, por alguna de las razones determinadas por la ley, sea de fondo o de forma, no se trata de un testigo excluido, como los denomina algún Código Procesal Civil; c) recopilar otros latos que permiten valorar, en -su oportunidad. la idoneidad o veracidad del testimonio, especialmente para establecer el interés que el testigo pueda tener en el asunto por razones de parentesco, amistad o dependencia con alguna de las partes litigantes, o si es acreedor o deudor de ellas.
Más sobre Generales de la ley
Si de las respuestas surge que el testigo no es la persona ofrecida o que se trata de un testigo excluido, se suspenderá el acto y no se le tomará declaración. En los otros casos se proseguirá con el interrogatorio, dejando abierta la posibilidad de que la otra parte use los recursos pertinentes para disminuir la trascendencia real o legal de lo testificado. (Véase asimismo TACHA DE TESTIGOS.)
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Definición de Preguntas generales de la ley
Según el concepto de Preguntas generales de la ley que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Preguntas generales de la ley hace referencia a lo siguiente:
Las preguntas dirigidas a los testigos para concretar su identidad y relaciones con la causa: 1″) nombre y apellido, edad, estado, profesión y domicilio; 2″) si es pariente y en qué grado de alguno de los litigantes o procesados; 3″) si tiene con ellos alguna relación laboral, profesional o de otra índole; 4″) si tiene interés en el juicio o causa; 5″) si es amigo íntimo o enemigo de alguna de las partes.
Generales de la Ley
Explicación y/o Definición de Generales de la Ley que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Circunstancias relativas a la identidad, profesión, vecindad, capacidad, estado civil, y vinculación con las partes, sobre que deben ser interrogadas las personas, para establecer su habilidad o inhabilidad para ser testigos en un juicio. (v. Art. 191 C. de Proc. Civ. Cap. Fed.)(1)
Generales de la Ley
Recursos
Véase También
- Pregunta
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Generales de la Ley en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976