Facultades Reglamentarias en Argentina en Argentina
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Definición de Facultades reglamentarias
Según el concepto de Facultades reglamentarias que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Facultades reglamentarias hace referencia a lo siguiente:
En lo político y administrativo, las que competen para concretar la aplicación de las leyes y disponer genéricamente sobre cuestión no legislada y sin violación legal. Son connaturales con el ejercicio de los cargos de ministro o secretario de Estado, con la firma del jefe del Estado. Sus expresiones características son los reglamentos (textos orgánicos y de cierta extensión) y los decretos (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Facultades reglamentarias puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). Ya por delegación legislativa o por absorción abusiva, también el decreto ley (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Facultades reglamentarias puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), según lineamientos de L. Alcalá- Zamora.
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