Ruptura

Ruptura en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Ruptura

Según el concepto de Ruptura que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Ruptura hace referencia a lo siguiente:

En la mayor parte de las ocasiones, desavenencia, agresión. Así, según conceptos de Luis Alcalá-Zamora, la ruptura de relaciones diplomáticas es enemistad pacífica entre los pueblos; la ruptura de hostilidades, comienzo de guerra; la ruptura de tregua o armisticio, la infracción, el quebrantamiento, la violación de una u otro por parte del derrotado o probable perdedor, pues el vencedor o poderoso encuentra siempre otra palabra más feliz para justificar su proceder, para demostrar la agresión ajena.

Ruptura en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario