Reunión

Reunión en Argentina en Argentina

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Definición de Reunión

Según el concepto de Reunión que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Reunión hace referencia a lo siguiente:

Derecho preeminentemente público, colectivo, propio tanto del individuo como del grupo social, que implica no solamente la facultad de congregarse o juntarse sino la de hacerlo para escuchar ideas u opiniones, intercambiarlas o acordar una acción común (Sanguinettt). Se trata, pues, de actos circunstanciales y de poca duración. Es un derecho que algunos estiman como de orden natural, y otros como de orden político constitucionalmente protegido. Las reuniones se llaman públicas cuando cualquier persona tiene acceso a ellas y privadas cuando sólo pueden concurrir las personas especialmente invitadas o que presentan determinadas condiciones. Las privadas suelen celebrarse en locales cerrados, mientras que las públicas pueden tener lugar también en lugares cerrados o en la vía pública, si bien en este último caso más ofrecen las características de una manifestación. No se pueden celebrar reuniones o manifestaciones públicas sin obtener previo permiso de la autoridad competente, requisito que en determinadas circunstancias es exigible para las reuniones privadas. (Véase asimismo la entrada sobre DERECHO DE REUNIóN.)

Reunión en el Derecho Argentino

Visión General

Reunión en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Reunión

Definición de reunión en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Derecho preeminentemente público, colectivo, propio tanto del individuo como del grupo social, que implica no solamente la facultad de congregarse o juntarse sino la de hacerlo para escuchar ideas u opiniones, intercambiarlas o acordar una acción común. (Sanguinetti). (DCJPS).

Significado Alternativo de Reunión

Cada una de las juntas que celebra un cuerpo colegiado para tratar los temas que le atañen. (L141: 105). El dirigente o funcionario que presida una reunión habrá de estar bien preparado antes de declarar abierta la sesión. (L14: 104). Reunión en inglés: meeting. Reunión en francés: réunion.[1]

Reunión

Recursos

Véase También

  • Derecho

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre reunión basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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