Resolución Conjunta en Argentina
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Concepto de Resolución Conjunta
Definición de resolución conjunta en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Nombre femenino. Acto que suscriben como mínimo dos Ministros, Secretarios de los Ministerios o de la Presidencia de la Nación, titulares de organismos descentralizados u otras autoridades facultadas para ello. (L17: 22). Desde la Gerencia de Servicios al Beneficiario de la Superintendencia, que como administrador del sistema de opciones es el principal usuario interno del padrón, se elaboró un proyecto de resolución conjunta para que los tres organismos se comprometieran en el cumplimiento de su parte del sistema, pero la resolución finalmente no se concretó. (Doc.3: 37). Resolución Conjunta en inglés: joint resolution. Resolución Conjunta en francés: résolution conjointe.[1]
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Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre resolución conjunta basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.