Renuencia en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Concepto de Renuencia
Definición de renuencia en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Repugnancia que se muestra a hacer algo. (Según la definición sobre renuencia proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).Una primera interpretación de la reducida voluntad o el rechazo explícito de los entes reguladores para institucionalizar la participación pondría de relieve la renuencia de la Administración a aceptar un modelo de gestión diferente (…). (Doc.33: 35). Renuencia en inglés: unwillingness. Renuencia en francés: résistance.[1]
▷ De Nuestro Boletín
Últimos contenidos del boletín de ciencias sociales:
- Futuro de las Ciudades: Los Espacios Intermedios, una Forma Híbrida de Geografía Urbana
- Parejas de Hecho y el Registro de su Unión en Europa
- Proyecto MAGA de Donald Trump y su Base
- Lucha Política antes del Sufragio Femenino en Estados Unidos
- Corrientes de la Construcción Social de la Realidad
- La Sociología del Arte y la Cultura
- El Poder de los Juegos
- Relaciones del Poder Político y el Derecho Constituyente
- Nueva Organización de los Espacios Políticos
▷ Novedades
Últimos contenidos de la plataforma digital Lawi:
- Notes populares y con restacks
- Restauración Ambiental
- Derecho de las Naciones a la Autodeterminación
- Trabajo Apasionante
- Limitación al Libre Comercio
- Financiación del Comercio
- Conflicto Comercial
- Constelaciones Familiares
- Organismos de Comercio Internacional
- Teoría de la Economía Política
- Sistema Comercial Mundial
- Principios Generales del Derecho
- Fuentes del Derecho Mercantil Internacional
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre renuencia basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.