Recaudo en Argentina
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Concepto de Recaudo
Definición de recaudo en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Precaución, cuidado. (Según la definición sobre recaudo proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Todo escrito por el cual se promueva la iniciación de una gestión ante la Administración Pública Nacional deberá contener los siguientes recaudos: a) nombres, apellido, indicación de identidad y domicilio real y constituido del interesado; b) relación de los hechos y, si lo considera pertinente, la norma en que el interesado funde su derecho. (Doc.9: XXII). Recaudo en inglés: precautions. Recaudo en francés: précaution.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre recaudo basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.