Rebelión Militar

Rebelión Militar en Argentina en Argentina

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Definición de Rebelión militar

Según el concepto de Rebelión militar que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Rebelión militar hace referencia a lo siguiente:

La rebelión (véase este último término en esta referencia legal) es un Ilícito penal cuyo sujeto activo puede ser cualquier persona, y por ello se encuentra previsto y penado en los códigos penales comunes, pero si es cometido por los integrantes de las fuerzas armadas, promoviendo, ayudando o sosteniendo cualquier movimiento armado para alterar el orden constitucional, o para impedir o dificultar el ejercicio del gobierno en cualquiera de sus poderes, constituye un Ilícito penal específico y de mayor gravedad. La razón es obvia, ya que los militares que se rebelan están haciendo uso de unas armas que el Estado les entregó precisamente para defender sus instituciones y, más concretamente, los poderes constitucionales. Atentar contra ellos representa una acción no imputable a los particulares que actúan con sus medios personales y en servicio de unos ideales políticos que, con acierto o con error, consideran útiles a la nación. De ahí que el militar, que para rebelarse renuncia previamente a su empleo, incurrirá en el Ilícito penal del Código Penal y no en el de Justicia Militar.

Otros Detalles

La figura delictiva objeto de este examen presenta gran trascendencia, porque lleva a la conclusión de que todos los militares que se adueñan del poder mediante un golpe de Estado están incursos en el Ilícito penal de rebelión militar, circunstancia que no cambia por el hecho de que una vez que detenten el poder no hagan aplicación de la norma que el Derecho Militar establece para tales casos, pues ello es lógico, pero lo que ya no puede apreciarse del mismo modo es que, una vez restablecida la normalidad constitucional, se prescinda de aplicara los rebeldes las penas que el Código de Justicia Militar señala para esa figura delictiva. Como es natural, el Ilícito penal de rebelión militar adquiere mayor gravedad cuando se lleva a cabo frente al enemigo extranjero, y según sea la participación que cada rebelde haya tomado o el grado militar que ostente.

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