Procedencia en Argentina en Argentina
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Definición de Procedencia
Según el concepto de Procedencia que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Procedencia hace referencia a lo siguiente:
- Figuras de la Filosofía Medieval
- Educación Renacentista
- Educación en la Edad Media
- Estudio de la Comunicación
- Interpretación del Origen del Hombre
- Glosario de Relaciones de Confianza
- Glosario de Liderazgo Directivo
- Glosario de Ventas
- Glosario de Cambio Positivo en el Trabajo
- Glosario de Liderazgo del Lean Six Sigma
Origen, principio.
Concepto Alternativo de Procedencia
Punto inicial en el transporte
Concepto Alternativo de Procedencia
Puerto de salida de un buque.
Concepto Alternativo de Procedencia
Estación de arranque de un tren.
- Esquemas de Historia hasta 1920
- Economía Latinoamericana y su Historia
- Esquemas de Historia y América Precolombina
- Conflictos en la Historia y el Presente
- Organizaciones y Aspectos Latinoamericanos
- El Largo Inicio de las Ciencias Sociales (II)
- El Largo Inicio de las Ciencias Sociales (I)
- De la Antigüedad Clásica a la Europa Carolingia
- Historia de la Región Alpina
Concepto Alternativo de Procedencia
Aeródromo de despegue en una travesía aérea.
Concepto Alternativo de Procedencia
En su día, plataforma de lanzamiento astronáutico en los viajes espaciales.
Concepto Alternativo de Procedencia
El ajuste o la adecuación con lo moral, la razón o la legalidad.
Concepto Alternativo de Procedencia
Fundamento jurídico y admisibilidad de demanda, petición o recurso, que por ello se acepta o prospera. (Véase asimismo la entrada sobre FALSA INDICACIóN DE PROCEDENCIA, IMPROCEDENCIA.) La procedencia, en lo procesal, se diferencia de la admisibilidad (véase este último término en esta referencia legal), simple oportunidad para que se oiga o se juzgue (aun no teniendo derecho ni razón), por ajustarse a normas de posible trámite. Por otra parte, el derecho de petición (véase este último término en esta referencia legal) no es admisible en los militares colectivamente; pero, aun admitido a los civiles, no siempre es procedente; es decir, viable o justificado, en el fondo.