Principio de Legalidad

Principio de Legalidad en Argentina en Argentina

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Principio de Legalidad en Relación con las Relaciones del Derecho Penal con otras Ramas del Orden Jurídico (Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Contravencional y Derecho Penal Militar)

Sumario

Nota: el siguiente texto acerca de principio de legalidad es producido por la Dra. Glenda Laura Vidarte de Sánchez Dansey, pero ni la Enciclopedia Jurídica Mexicana ni el Proyecto Lawi deben coincidir, necesariamente, en los planteamientos del texto.

Está contemplado en el artículo 18 de la Constitución Nacional, y establece que ningún hecho puede ser merecedor de pena ni juzgado como delito, sin una ley que lo haya contemplado previamente como tal.

Es el pilar fundamental del suprasistema de garantías, al establecer los límites al poder punitivo del Estado.

Algunos Aspectos sobre Principio de Legalidad

Suele expresarse en la máxima nullum crimen, nulla poena sine lege. Tanto el delito como la pena deben estar determinados en la ley previa.

No es posible reprochar el hecho a su autor si éste no tuvo, al menos, la posibilidad de conocer la criminalidad de su acción.

Detalles

Una sanción penal se habrá aplicado con arreglo a este principio, si está establecida en una ley previa (exclusión de la aplicación retroactiva de las leyes penales) y escrita (se excluye el derecho consuetudinario), que reúna las condiciones de una ley cierta (se excluyen las cláusulas generales), interpretada como una ley estricta (se prohíbe la extensión analógica de la ley penal).

Recursos

Véase También

  • Relaciones del Derecho Penal con otras ramas del Orden Jurídico
  • Derecho Constitucional
  • Derecho Administrativo
  • Derecho Contravencional
  • Derecho Penal Militar

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