Primo en Argentina en Argentina
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Definición de Primo
Según el concepto de Primo que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Primo hace referencia a lo siguiente:
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Vínculo de parentesco que une entre si a los hijos de hermanos o hermanas o a los hijos de otros parientes que equidistan de un tronco común. Los primeros se llaman primos carnales o primos hermanos; los ulteriores, los que tienen bisabuelo común, primos segundos. Aquéllos se hallan en el cuarto grado colateral; estos otros, en el sexto. Unos y otros suelen marcar el límite sucesorio intestado en las modernas legislaciones en la rama colateral.
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