Pornografía en Argentina en Argentina
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Definición de Pornografía
Según el concepto de Pornografía que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Pornografía hace referencia a lo siguiente:
Según el anterior redactado de la Real Academia de la Lengua Española, quiere decir «tratado de la prostitución» y también «carácter obsceno de obras literarias o artísticas» y «obra literaria o artística de este carácter». De ahí que pornográfico se diga del «autor de obras obscenas» y de lo «perteneciente o relativo a la pornografía», y pornógrafo, del que «escribe acerca de la prostitución» y del «autor de obras pornográficas». Jurídicamente, la definición académica no es válida, porque el tema de la prostitución se puede tratar con intención sociológica o científica sin incurrir en obscenidad, en el cual caso se estará dentro de lo lícito. Unicamente el carácter obsceno de aquellos hechos les hará caer dentro de una definición delictiva o reprimible por la policía de costumbres. (Véase asimismo la entrada sobre OBSCENIDAD, PROSTITUCIóN, PUBLICACIONES OBSCENAS.)
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