Perfección del Contrato

Perfección del Contrato en Argentina en Argentina

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Definición de Perfección del contrato

Según el concepto de Perfección del contrato que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Perfección del contrato hace referencia a lo siguiente:

Lo constituye la reunión cabal de todos los elementos personales, reales y formales de cada especie de convenciones jurídicas para producir las consecuencias legales previstas o las lícitamente estipuladas por las partes. Contra el espiritualismo absoluto de que el hombre se obliga de cualquier manera que quiera obligarse, que se articula en principios como el de pacta sunt servanda (véase este último término en esta referencia legal), la naturaleza de los convenios o exigencias absolutas de la ley afectan el momento de la perfección contractual, que origina por ello la antítesis de los contratos consensuales, en el que el acuerdo es decisivo, y el de contratos reales, en que se requiere una entrega o prestación para perfeccionarlos, a más del rigor de la forma en los contratos solemnes (véase este último término en esta referencia legal). Desde su perfección, los contratos obligan a lo expresamente pactado y a cuanto sea consecuencia jurídica por naturaleza, uso, ley o buena fe. Desde entonces no son rescindibles, salvo mutuo disenso.

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