Per Se

Per Se en Argentina

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Concepto de Per se

Definición de per se en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Adverbio. (Locución latina). Por sí, por sí mismo. (Según la definición sobre per se proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Art. 5º. – Los organismos del Poder Ejecutivo Nacional deberán presentar a la Jefatura de Gabinete de Ministros propuestas de reformas, en sus respectivos ámbitos, siguiendo las pautas establecidas precedentemente antes del 30 de abril de 2001, sin que ello obste a que la citada área pueda actuar «per se» ante la falta de presentación de las pertinentes propuestas en el plazo establecido. (Dto.10). Per se en inglés: per se. Per se en francés: per se.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre per se basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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