Partición Judicial

Partición Judicial en Argentina en Argentina

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Definición de Partición judicial

Según el concepto de Partición judicial que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Partición judicial hace referencia a lo siguiente:

Cualquier aquella patrimonial que, por desacuerdo entre los interesados, por aparecer pretendientes con aspiraciones controvertidas o por alguna necesidad de orden legal, ha de practicarse con intervención de los tribunales de justicia, que suelen delegar en algún perito contador la práctica del inventario y la propuesta de lotes que hayan de adjudicarse. No hay que ceñirse a ver en la partición judicial un sinónimo departición hereditaria litigiosa, pues se disuelven otras varias masas de bienes con intervención de los jueces: las de sociedades, la conyugal de bienes en casos de divorcio o de separación de hecho llevada a extremo, aun con subsistencia del vínculo, y hasta al resolverse condominios limitados rurales o urbanos o de universalidades de bienes.

Partición Judicial

Recursos

Véase También

  • Partición

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