Pago

Pago en Argentina en Argentina

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Definición de Pago

Según el concepto de Pago que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Pago hace referencia a lo siguiente:

Cumplimiento de la prestación que constituya el objeto de la obligación, sea ésta una obligación de hacer o unaobligación de dar. Constituye una forma típica de extinguir las obligaciones.

Concepto Alternativo de Pago

Más en concreto, abono de una suma de dinero debido.

Concepto Alternativo de Pago

Reparación de ofensa o agravio.

Concepto Alternativo de Pago

Entrega, en el plazo oportuno, del sueldo o jornal convenidos.

Concepto Alternativo de Pago

Recompensa.

Concepto Alternativo de Pago

Sufrimiento de condena, sanción o correctivo. Se articulan como requisitos del pago los siguientes: a) una obligación anterior de hacer o no hacer, de dar o no dar; b) duplicidad al menos de sujetos, acreedor el uno y deudor el otro, o recíprocamente con una y otra cualidad; c) la voluntad de pagar, para diferenciar el pago de otros negocios jurídicos posibles; d) un pagador, el deudor o alguien en su nombre o por él; e) un acreedor que recibe el pago por sí o persona facultada para aceptarlo en su nombre y por su cuenta.

Otros Detalles

El pago no puede consistir sino en lo debido. en todo lo debido y solamente en lo debido. Como lugar, se estará al convenido o fijado. Supletoriamente rigen el lugar de la obligación cuando se contrajo y el domicilio del deudor. Con respecto al tiempo se estará alo estipulado o regulado por alguna disposición imperativa. El plazo debe respetarse por ambas partes v. en la duda. se entenderá fijado a favor del deudor, por ello libre para pagar siempre, salvo expreso precepto o cláusula. Como efectos más importantes, el pago libera al deudor y extingue la obligación. Otros aspectos del pago, por su singularidad, se abordan en las voces IMPUTACIóN e IMPOSIBILIDAD DEL PAGO y OFRECIMIENTO DE PAGO (véase este último término en esta referencia legal).

Solutionem Asseveranti Provationis Onus Incumbit

Explicación y/o Definición de Solutionem Asseveranti Provationis Onus Incumbit que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Al que asevera un pago le incumbe la carga de la prueba (Cód. Justiniano, Lib. VIII, t. XLIII, ley 25).(1)

Pago en el Derecho Argentino

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Recursos

Véase También

  • Pago

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Notas y Referencias

  1. Voz de Solutionem Asseveranti Provationis Onus Incumbit en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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