Padre Legítimo

Padre Legítimo en Argentina en Argentina

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Definición de Padre legítimo

Según el concepto de Padre legítimo que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Padre legítimo hace referencia a lo siguiente:

En el concepto más riguroso, aquel que, después de casado, engendra con su mujer, que da a luz antes de los 300 días de disuelto o deshecho, como máximo, el matrimonio.

Concepto Alternativo de Padre legítimo

Por complacencia legal a favor de legitimidad filial, el progenitor extramatrimonial, cuando el hijo nace no obstante casado aquél con la que había sido su amante. Requiere reconocimiento de la prole por el padre.

Concepto Alternativo de Padre legítimo

Por último, sin vestigios matrimoniales, por no haber sido engendrado por casado ni haberse casado antes de nacer los frutos de sus relaciones carnales, pero por otra actitud de benevolencia legal, el padre natural (véase este último término en esta referencia legal) cuando legitima a su descendencia por matrimonio siguiente. En todos los casos, con perfil más genuino en la primera de las especies definidas, el padre legítimo es el padre por excelencia en la regulación jurídica, y a él le competen y le atañen los derechos y obligaciones que lo caracterizan.

Padre Legítimo

Recursos

Véase También

  • Padre

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