Ocupación

Ocupación en Argentina en Argentina

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Definición de Ocupación

Según el concepto de Ocupación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Ocupación hace referencia a lo siguiente:

Apoderamiento o toma de posesión de algo. Es probablemente el modo originario más antiguo de adquirir el dominio de una cosa cuando carece de dueño o sobre la cual nadie formula una pretensión. Este concepto afecta al Derecho Civil, pero asimismo al Derecho Internacional (véase el Diccionario Jurídico). Ocupación es también el desempeño de un cargo.

Concepto Alternativo de Ocupación

Todo trabajo o tarea, sobre todo si es habitual.

Concepto Alternativo de Ocupación

Oficio o profesión.

Concepto Alternativo de Ocupación

En lo laboral, también, ocupación se contrapone, en la perspectiva general del mercado de trabajo, a puro o desocupación (Véase asimismo la entrada sobre, y además AGENCIA DE COLOCACIONES, PLENO EMPLEO.)

Quod Nullius Est, id Ratione Naturali Ocupanti Conceditur

Explicación y/o Definición de Quod Nullius Est, id Ratione Naturali Ocupanti Conceditur que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Lo que no es de nadie se concede por razón natural al que lo ocupa. (Digesto, Lib., XLI, t. I, ley 3°).-(1)

Ocupación en el Derecho Argentino

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Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Quod Nullius Est, id Ratione Naturali Ocupanti Conceditur en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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