Obligación Mixta en Argentina en Argentina
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Definición de Obligación mixta
Según el concepto de Obligación mixta que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obligación mixta hace referencia a lo siguiente:
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Obligación mixta cuya raíz vincular se funda a la vez en el Derecho Natural y en el Derecho Civil. De ahí que, en análisis estricto, se diferencia tanto de la obligación natural (véase este último término en esta referencia legal). que carece de exigibilidad procesal, como de la obligación civil (véase este último término en esta referencia legal) pura, coercible, pero con posibles vicios de fondo, morales al menos.
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Obligación Mixta
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