Obligación Aplazada en Argentina en Argentina
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Definición de Obligación aplazada
Según el concepto de Obligación aplazada que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obligación aplazada hace referencia a lo siguiente:
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En sentido estrictamente propio, obligación aplazo (véase este último término en esta referencia legal). Con menos tecnicismo, aquella para cuyo cumplimiento total o parcial concede una espera el acreedor, antes de proceder judicialmente.
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Concepto Alternativo de Obligación aplazada
Por insolvencia o incumplimiento flagrante, la que el deudor difiere, que lo constituye en mora (véase este último término en esta referencia legal), con las consecuencias naturales.
Obligación Aplazada
Recursos
Véase También
- Obligación