Nulidad De Los Contratos

Nulidad De Los Contratos en Argentina en Argentina

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Definición de Nulidad de los contratos

Según el concepto de Nulidad de los contratos que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Nulidad de los contratos hace referencia a lo siguiente:

Se habla de ella con referencia a las causas que los privan de validez por vicios existentes ab initio, a diferencia de la resolución y la rescisión (véase este último término en esta referencia legal), que los extinguen por circunstancias sobrevinientes. El contrato es nulo y carente de todo efecto jurídico cuando le falta alguno de los elementos necesarios para su constitución, sea por falta de capacidad de los contratantes, por falta de consentimiento, por falta de causa, por ilicitud de la causa, por defecto de forma o por falta, imposibilidad, ilicitud o indeterminabilidad de la prestación. (Véase asimismo la entrada sobre ANULABILIDAD.)

Nulidad de los Contratos en el Derecho Argentino

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Nulidad de los Contratos

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Véase También

  • Nulidad

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