Negociación Pública

Negociación Pública en Argentina en Argentina

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Ejemplo de Denuncia penal sobre Negociación Pública

De acuerdo con la Denuncia de Alberto Nisman de 13 de enero del 2015:

«El 25 de septiembre de 2012, Cristina Elisabet Fernández de la Nación, Cristina Fernández, anunció ante la Asamblea General de Naciones Unidas que había instruido a su canciller Héctor Timerman, para que inicie un proceso de negociación con Irán en torno al caso AMIA.

Oficialmente se comunicó que esta decisión respondía a un pedido articulado por Irán siete días antes de la apertura del Debate General de la Asamblea General de Naciones Unidas (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, Comunicado de Prensa N°302, 18/09/2012).

Sin embargo, como ya se probó, los elementos aquí obtenidos demuestran que eso fue solo una puesta en escena, dado que las partes estaban negociando desde hacía más de un año. Ello se desprende de lo analizado en los puntos anteriores. Así, “…Cristina y su canciller solo estaban oficializando un hecho consumado…” (Ver: Levinas, Gabriel, op cit, pag. 237).

Ello también se sustenta tanto en lo testificado por el Sr. Eliaschev como en lo declarado públicamente por el propio Canciller Salehi, que demuestra que el “inicio” de las negociaciones anunciado por la Dra. Fernández y su Canciller en septiembre de 2012 fue sencillamente falso (“Irán ratificó su adhesión plena al memorándum con Argentina”, Página 12, 12/2/13; “FM: Irán, Argentina adhere to agreement on AMIA case”, Irán Daily Brief, 14/2/13; “El Canciller de Irán dice que negoció durante dos años el acuerdo con Argentina”, Clarín, 12/02/2013; “Salehi: Irán Argentina adhere to agreement on AMIA case”, IRNA, 12/02/2013; fs. 131.189/131.194; Pepe Eliaschev, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011, fs. 130.911/130.913; Pepe Eliaschev, “Polémica en torno a la negociación secreta entre Argentina e Irán”, Diario Perfil, 2/4/2011; Eliaschev, Pepe. “Las condiciones que pone Irán para dialogar”, Perfil, 23/7/11).

Por otra parte, para el diario The Tehran Times, la negociación entre Argentina e Irán había comenzado incluso un tiempo antes que la cumbre de Alepo, a mediados de 2010, a partir de una serie de reuniones secretas entre funcionarios de ambos gobiernos “…parapreparar el terreno para la firma del memorándum de entendimiento…” (Soroush, M. “Irán and Argentina deal a serious blow to zionists”, Tehran Times, 23/02/2013; Levinas, Gabriel, op cit, pag. 238; “La prensa iraní afirma que la negociación con Argentina empezó en 2010”, La Nación, 24/02/2013); circunstancia que también mencionó el Sr. Eliaschev en sus notas periodísticas (Pepe Eliaschev, “Argentina negocia con Irán dejar de lado la investigación de los atentados”, Diario Perfil, 26/03/2011).

Ahora bien, lo cierto fue que el 25 de septiembre de 2012 en Naciones Unidas, la Dra. Fernández decidió oficializar las negociaciones con la República Islámica de Irán. Naturalmente, nada dijo del año y medio de tratativas secretas que tuvieron lugar entre enero de 2011 y septiembre de 2012.

Lo que sí aseveró a las víctimas y a los familiares de las víctimas fue: “tengan la certeza de que esta Presidenta no va a tomar ninguna resolución respecto de ninguna propuesta que le sea formulada, sin consultar PREVIAMENTE con quienes han sido las víctimas directas de esto. Y, al mismo tiempo también, con las fuerzas políticas con representación parlamentaria en mi país, porque esto no lo puede decidir una sola fuerza política…” (Discurso de Cristina Fernández ante la 67a Asamblea General de las Naciones Unidas, de fecha 25 de septiembre de 2012, el resaltado es propio).

Sin embargo y pese a haberse comprometido públicamente a consultarlos previo a tomar cualquier resolución, nada de eso ocurrió y luego de tres reuniones con los funcionarios iraníes en Suiza, con fecha 27 de enero de 2013, se dio a conocer en Adís Abeba, Reino de Etiopía, la suscripción del “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires el 18 de julio de 1994” (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Información para la Prensa N° 011/13, 27/01/2013).

La firma del acuerdo dejó en evidencia que Cristina Elisabet Fernández faltó a su palabra. Más adelante se verá que esta promesa incumplida no es solo moralmente reprochable -lo cual no es relevante en términos judiciales-, sino que -y esto sí importa- ha sido una acción especialmente destinada a contribuir con el avance del plan delictivo denunciado.

Cristina Elisabet Fernández comunicó este acuerdo a través de su cuenta oficial de “Twitter”, un día domingo, coincidente con el “Día Internacional de Conmemoración en Memoria de las Víctimas del Holocausto”. Y al hacerlo, lo calificó de un hecho “histórico” (Mensajes de twitter de la cuenta de Cristina Fernández del 27 de enero de 2013 de horas: 10:26 a 10:32).

En ese sentido, las autoridades de la AMIA hablaron de un “memorando inconsulto” y señalaron que: “la propuesta aparece firmada, un hecho del que no hemos sido informados”, “este memorando nos sorprende a toda la ciudadanía el pasado 27 de enero, jamás fue consultado, ni siquiera comentado’1’1 (Borger, Guillermo en: “La AMIA advirtió un momento difícil, tras el acuerdo entre Argentina e Irán”, La Nación, 3/2/2013; “Presidente de la AMIA prometió no bajar los brazos y se comprometió a evitar que la causa por el atentado causa en la nulidad”, Agencia Judía de Noticias, 4/3/2013).

Por su parte, los representantes de la DAIA afirmaron haber tomado conocimiento del acuerdo en el mismo momento que el resto de la opinión pública y aclararon que la institución no fue consultada previamente ni participó de la redacción del documento (Schlosser, Julio en: “LA DAIA reconoció que hay un resquemor en la comunidad judía por el acuerdo que la Argentina firmó con Irán”, Itongadol, 4/2/2013).

Volviendo al mes de septiembre de 2012 y luego del anuncio presidencial ante Naciones Unidas, la Cancillería Argentina y el Ministerio de Relaciones Exteriores iraní emitieron un comunicado conjunto que – como se verá- contribuyó a amplificar la mentira presidencial. En ese informe, ambos ministerios decían haberse comprometido a explorar mecanismos legales que no estuvieran en contradicción con los sistemas legales de Argentina e Irán (Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Información para la Prensa 313/12, 27/09/2012).

Es menester adelantar aquí que el resultado de los encuentros diplomáticos no respetó precisamente el sistema legal argentino. Todo lo contrario, en consonancia con lo dictaminado oportunamente por la Unidad Fiscal a mi cargo, el Memorando de Entendimiento vulneró la Constitución Nacional y normas internacionales de Derechos Humanos de igual jerarquía. Ello fue sostenido en el fallo de la Cámara Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, que declaró la inconstitucionalidad del pacto y de su ley aprobatoria (CCCF, Sala I, CFP 3184/2013/CA1 “AMIA s/Amparo Ley 16.986, 15/05/2014, Juzgado N°6- Secretaría N°ll). Es decir, en contraposición a lo anunciado, el canciller Timerman suscribió un instrumento jurídico en flagrante contradicción con el orden jurídico local.

Aclarado ello, cabe agregar que a aquel primer comunicado de prensa le siguieron otros, en los cuales la Cancillería daba cuenta de breves encuentros entre ambas partes, pero nada decía en concreto sobre el contenido del diálogo ni sobre el alcance de las cuestiones negociadas (Comunicados de Prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de fecha 27/9/12 – N°313/12; 29/10/12 -N°353/12-; 31/10/12 – N°360/12-; 1/12/12 – N°391/12; 7/1/13 – N°002/13-).

Hasta el día de hoy, las autoridades argentinas no han brindado la más mínima información sobre lo negociado en esos encuentros.

Incluso, ante el pedido articulado por el suscripto a solicitud de las instituciones querellantes AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina) y DAIA (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentina), requiriendo información sobre los encuentros con Teherán, la cartera de Timerman hizo saber “que tratándose de un proceso de negociación diplomática entre Estados las partes han acordado mantener reserva de su contenido mientras dure el mismo” (oficio de fecha 5 de noviembre de 2012 glosado a fs. 132.805 y Nota N°2194 fechada en 8 de noviembre de 2012 de la Carpeta DIAJU N°7102/11, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto).

En realidad, valiéndose de las prerrogativas de secreto propias de la actividad diplomática, ocultándose detrás de la confidencialidad que se le permite a ciertos encuentros, el Canciller Timerman mantuvo en reserva sus tratativas porque no estaba en condiciones de hacerlas públicas. Se estaba negociando un encubrimiento y la publicidad y el control ciudadano era el mayor enemigo. Es un caso más de utilización dual de las funciones diplomáticas para ocultar acciones delictivas destinadas a encubrir al terrorismo. No es nuevo para Teherán ni, evidentemente, para los encubridores en esta maniobra delictiva.

En síntesis, tal como lo revelan los hechos aquí enunciados, las tratativas sobre este tema fueron iniciadas en el mayor de los secretos, ocultas detrás de intermediarios y reuniones “pantalla”, y así se mantuvieron durante el siguiente año y medio, hasta que se anunció públicamente el “inicio” del diálogo, cuyo contenido y alcance ha permanecido en reserva. Para impedir que trasciendan, primero la existencia de los contactos y después, su contenido, se recurrió a la negación de los hechos, a su tergiversación y hasta se llegó a cuestionar y desacreditar a las fuentes que brindaban información sobre el tema, como estrategia para impedir -de la forma que fuere necesaria- la verificación de estas circunstancias, sin expedirse sobre los cuestionamientos realizados.
Este fue el inicio del plan criminal. Luego se fue perdiendo todo formalismo, si se quiere, para adentrarse en una actividad y conjunto de hechos delictivos de los que la historia judicial argentina no debe registrar muchos antecedentes. Como se verá, son la clara muestra de una impunidad y un uso arbitrario y delictivo del poder estatal pocas veces visto.

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