Memorándum de Entendimiento

Memorándum de Entendimiento en Argentina

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]

Concepto de Memorándum de Entendimiento

Definición de memorándum de entendimiento en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Nombre masculino. Acuerdo entre entidades que se comprometen a producir una o más acciones de provecho común. Junto con la suscripción de este Memorandum de Entendimiento, cada parte se notificará del nombre del funcionario de la otra que fuera designado como responsable de la operación. Memorándum de Entendimiento en inglés: agreement memorandum. Memorándum de Entendimiento en francés: memorandum d’entendement.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre memorándum de entendimiento basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

Deja un comentario