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Mayoría de Edad en Argentina en Argentina
Mayoría de Edad
Explicación y/o Definición de Mayoría de Edad que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La edad prescripta por la ley, para que la persona pueda entrar en el pleno goce de los derechos civiles. En nuestra legislación la mayoría de edad se produce el día en que se cumplieron 21 años, sin depender de formalidad alguna o autorización de los padres, tutores o jueces. (Arts. 128 y sigtes. C. Civ.)(1)
Mayoría de Edad en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Mayoría de Edad en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976