Mandato Especial

Mandato Especial en Argentina en Argentina

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Definición de Mandato especial

Según el concepto de Mandato especial que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Mandato especial hace referencia a lo siguiente:

El otorgado por el mandante al mandatario para llevar a cabo uno o más negocios determinados; por ejemplo, comprar una casa, administrar sus fincas agrícolas.

Concepto Alternativo de Mandato especial

Aquel requerido expresamente por la ley para poder verificar ciertos actos jurídicos -para hipotecar, por ejemplo-, atribuciones que no se le reconocen al mandatario en fórmulas amplias, pero inconcretas al respecto. como si dijera: «Concedo a N. N. mandato para que gestione todos mis asuntos» o «para celebrar por mí toda clase de contratos». Otras fórmulas más próximas, como, en el caso, «la de imponer toda clase de gravámenes reales sobre mis fincas» o la de «suscribir todos los actos y contratos que con el Registro de la Propiedad se relacionen», serían probablemente rechazadas por los tribunales, ya que al exigir la ley poder especial expreso, ha de mencionarse y autorizarse la relación o facultad jurídica concreta, en forma verbal («para hipotecar»), substantiva («para constituir hipoteca»), adjetiva («para imponer gravamen hipotecario»), adverbial («para gravar hipotecariamente mis fincas») u otra absolutamente inequívoca y que exprese el vocablo básico en cualquiera de las formas gramaticales posibles.

Mandato Especial

Recursos

Véase También

  • Mandato

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