Mancomunar en Argentina en Argentina
Definición de Mancomunar
Según el concepto de Mancomunar que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Mancomunar hace referencia a lo siguiente:
Unir personas, fuerzas o caudales para un fin.
Concepto Alternativo de Mancomunar
Obligar a dos o más personas de mancomún a la paga o ejecución de una cosa, entre todas y por partes.
Concepto Alternativo de Mancomunar
Unirse, asociarse, obligarse de mancomún (descripción de Mancomunar desarrollada por el penúltimo Diccionario de la Academia de la Lengua Española).