Ley en Argentina en Argentina
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Ratio Naturalis Quaedam Lex Tacita
Explicación y/o Definición de Ratio Naturalis Quaedam Lex Tacita que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La razón natural es tácita ley.(1)
Ley en el Derecho Argentino
Visión General
Concepto de Ley
Definición de ley en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Toda norma jurídica reguladora de los actos y de las relaciones humanas, aplicable en determinado tiempo y lugar. (DCJPS).
Significado Alternativo de Ley
Regla de conducta obligatoria dictada por el Poder Legislativo, o por el Ejecutivo cuando lo sustituye o se arroga sus atribuciones. (Según la definición sobre ley proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).
Significado Alternativo de Ley
El Derecho objetivo. (DJB). El código civil establece que las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, que son obligatorias a partir de su publicación y desde el día en que ellas determinen y que no tienen efectos retroactivos. (L7: 31). Ley en inglés: law. Ley en francés: loi.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre ley basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Ratio Naturalis Quaedam Lex Tacita en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976