Jerga

Jerga en Argentina en Argentina

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Definición de Jerga

Según el concepto de Jerga que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Jerga hace referencia a lo siguiente:

Lenguaje especial y familiar que usan entre sí los individuos de ciertas profesiones y oficios, como toreros, estudiantes, etc. (según la definición proporcionada por el Diccionario de la Academia de la Lengua). Esta definición carecería de interés jurídico, si no fuese porque más corriente y más amplia que entre los toreros y estudiantes, lo es entre los delincuentes o, por lo menos, entre ciertos grupos de delincuentes habituales o profesionales; de ahí que su jerga tenga importancia desde el punto de vista criminológico. En opinión correcta de Dicchio, la criminalidad, como todo subgrupo social, tiene peculiares y típicas manifestaciones, una de las cuales es su especial manera de expresarse, principalmente para comunicarse entre ellos en forma oral o escrita, mediante el empleo de términos incomprensibles para quien no pertenece a su grupo o a su ambiente, por lo que constituye un verdadero lenguaje de asociación.

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