Interpelación

Interpelación en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Interpelación

Según el concepto de Interpelación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Interpelación hace referencia a lo siguiente:

En el Derecho Político de los países de régimen democrático, la interpelación es la facultad que tienen las Cámaras Legislativas para requerir de un ministro que informe acerca de ciertos actos de gobierno o para que aclare aspectos de la política en general. Según Duguit, representa el medio más eficaz de ejercer el Poder Legislativo su control sobre el Poder Ejecutivo.

Concepto Alternativo del Término

En Derecho Civil y Procesal, según el Diccionario de Derecho Usual, el requerimiento que se hace a alguien para que pague la deuda pendiente, cumpla alguna obligación, lleve a efecto un mandato o responda la verdad sobre lo que se le pregunta.

Interpelación en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Interpelación

Definición de interpelación en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Facultad que tienen las Cámaras Legislativas para requerir de un ministro que informe acerca de ciertos actos de gobierno o para que aclare respecto de la política en general. (DCJPS). Por la facultad de control que la Constitución Nacional le otorga, el Poder Legislativo efectúa la interpelación a los Ministros del Poder Ejecutivo. (L171: 29). Interpelación en inglés: appeal, plea. Interpelación en francés: interpellation.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre interpelación basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

Deja un comentario