Inimputabilidad

Inimputabilidad en Argentina en Argentina

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Definición de Inimputabilidad

Según el concepto de Inimputabilidad que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Inimputabilidad hace referencia a lo siguiente:

Si se toma la definición semántica de imputabilidad (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Inimputabilidad puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) como calidad de imputable, queda fuera de toda duda que la inimputabilidad habrá de ser la calidad de no imputable. De ahí que en la doctrina se haya discutido ampliamente si la inimputabilidad presenta un concepto autónomo dentro de la ciencia penal o si, por ser el aspecto negativo de la imputabilidad, debe ser considerada juntamente con ésta. La tesis de la índole negativa de la inimputabilidad encuentra un fuerte-apoyo en el presupuesto de que todo el mundo es inimputado mientras no sea objeto de imputación. Precisamente por eso, cuando se habla en Derecho de inimputabilidad. se está haciendo alusión a aquellas personas que, no obstante haber realizado un acto configurativo de delito, no puede hacérselas responsables de éste. Dicho de otro modo, la inimputabilidad es la situación en que se hallan las personas que, habiendo realizado un acto configurado como delito, quedan exentas de responsabilidad por motivos legalmente establecidos.

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Partiendo de los conceptos expuestos, Jiménez de Asúa expresa que, siendo él concepto de la imputubilidad. en psicología, la facultad de comprender el bien, lo único que hay que hacer es conocer su aspecto negativo; o sea, los motivos de inimputabilidad, que pueden ser definidos como la falta de desarrollo y salud de la mente, así como los trastornos pasajeros de las facultades mentales, que privan o perturban en el sujeto la facultad de conocer el deber; o sea, aquellas causas en las que, si bien el hecho es típico y antijurídico, no se encuentra el agente en condiciones de que se le pueda atribuir el acto que perpetró.

Más Detalles sobre Inimputabilidad

De ahí que la inimputabilidad se relacione con la personalidad del autor del hecho delictivo y que se consideren inimputables quienes no se hallan capacitados para darse cuenta de la criminalidad del acto o para dirigir sus acciones, lo que específicamente puede suceder por falta de desarrollo mental, por tener una edad que suele señalarse hasta los diez o los doce años, según las legislaciones, o hasta los catorce años v aun los dieciséis o los dieciocho en los códigos más avanzados, así como también por la sordomudez; por falta de salud mental, que, según los autores, puede tener causas biológicas o psiquiátricas puras, psicológicas o de origen mixto psiquiátrico-psicológico y jurídicas, y por trastorno mental transitorio, que puede estar producido por embriaguez o por fiebre y dolor.

Desarrollo

Una parte de la doctrina sostiene que, si la imputabilidad es susceptible de diversos grados. también lo ha de ser la inimputabilidad, que viene a representar su contrapartida, y que eso sucedería cuando el agente, al cometer el delito, tuviese su capacidad no totalmente excluida, sino meramente restringida.

Más

Igualmente se ha discutido si la vejez y el sexo pueden ser causa de inimputabilidad por sí solos, lo que ha sido categóricamente negado, aun cuando pueda admitirse que constituyan circunstancias modificativas de la responsabilidad cuando la menstruación, el embarazo o la menopausia, en la mujer, y la evolución de la senectud sean causa de estados psicopáticos o psicóticos (Jiménez de Asúa).

Inimputabilidad en el Derecho Argentino

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