Hijo Extramatrimonial

Hijo Extramatrimonial en Argentina en Argentina

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Definición de Hijo extramatrimonial

Según el concepto de Hijo extramatrimonial que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Hijo extramatrimonial hace referencia a lo siguiente:

Se denomina así el habido fuera de matrimonio, en oposición a los legítimos, nacidos dentro de matrimonios legalmente constituidos. La ley 14.367, modificatoria del Código Civil argentino, suprime no solo las posibles discriminaciones entre los hijos nacidos dentro y fuera de matrimonio, sino también las distintas calificaciones que constaban en los artículos pertinentes del Código Civil.

Más sobre Hijo extramatrimonial

Quedaron eliminadas las categorías de hijo natural, adulterino, incestuoso y sacrílego (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Hijo extramatrimonial puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). Esta supresión responde a un criterio más moderno del Derecho de Familia, que indujo al legisladora dejar de lado calificaciones que podrían considerarse infamantes o incidir, en forma negativa, el: el desarrollo de la vida posterior del nacido en condiciones de inferioridad jurídica. El artículo 240 del Código Civil argentino, conforme al texto ordenado por la ley 23.264, mantiene la distinción conceptual entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales, pero ordena que se apliquen las mismas reglas civiles a unos y a otros.

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