Genocidio en Argentina en Argentina
Definición de Genocidio
Según el concepto de Genocidio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Genocidio hace referencia a lo siguiente:
Del lat. genus (raza, nación) y caedes (matanza). El vocablo fue aplicado por primera vez por el penalista polaco Semkin, que lo usó para dar una denominación precisa al «crimen sin nombre» que tantas víctimas causó durante el auge del nazismo en Europa. El delito o crimen a que nos referimos ha sido caracterizado, en el Derecho Penal Internacional, como delito internacional común, no político, de la máxima gravedad. Es un delito tendencioso y premeditado, que se cumple con el propósito de destruir, total o parcialmente, un grupo humano determinado. Es, además, un delito continuo que puede exteriorizarse en forma individual o masiva.
Más sobre Genocidio
El 12 de diciembre de 1948, la III Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la convención sobre genocidio, que entró en vigencia el 12 de enero de 1951, por un término de diez años, prorrogables tácitamente por períodos de cinco años para los Estados que no la hubiesen denunciado con seis meses de anticipación.