Gafo en Argentina en Argentina
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Definición de Gafo
Según el concepto de Gafo que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Gafo hace referencia a lo siguiente:
Palabra que jurídicamente sólo tiene un valor histórico. Según explica Escriche, se aplicaba ese nombre a quien, por consecuencia de cierta especie de lepra, se le encorvaban los dedos de las manos a modo de las garras de las aves de rapiña, por lo que «el que llamare gafo a otro, tiene que cantar la palinodia (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Gafo puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica); esto es, desdecirse ante el alcalde y hombres buenos al plazo que el mismo alcalde le señale, y pagar la multa de mil y doscientos maravedíes, la mitad para el injuriado y la mitad para el fisco», y «si el injuriante es hidalgo, no es condenado a desdecirse, sino a pagar dos mil maravedíes con la misma aplicación, y a las demás penas que el juez creyere justas, según las circunstancias».
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