Función

Función en Argentina en Argentina

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Definición de Función

Según el concepto de Función que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Función hace referencia a lo siguiente:

En los hombres y otros seres vivos, y también en máquinas e instrumentos, el ejercicio de un órgano o la actividad de un aparato.

Concepto Alternativo del Término

Desempeño de empleo, cargo, facultad u oficio.

Concepto Alternativo del Término

Tarea, ocupación.

Concepto Alternativo del Término

Atribuciones.

Concepto Alternativo del Término

Cometido, obligaciones.

Concepto Alternativo del Término

Finalidad.

Concepto Alternativo del Término

Acto público de concurrencia numerosa (según la definición proporcionada por el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual).

Función en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Función

Definición de función en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Actividad que desarrollan los organismos a los efectos de cumplir con las misiones y objetivos designados para su correcto desempeño. (Doc.18: 53). La función que cumplen los organismos y el grado de homogeneidad entre sus directivos condiciona su posición de cara a la sociedad y, por lo tanto, el grado de apertura y su «política de accountability». (Doc.18: 53). Función en inglés: function. Función en francés: fonction.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre función basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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