Fuero Ordinario en Argentina en Argentina
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Definición de Fuero ordinario
Según el concepto de Fuero ordinario que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fuero ordinario hace referencia a lo siguiente:
La jurisdicción, la potestad de juzgar que a los tribunales y jueces ordinarios pertenece en la generalidad de las causas civiles y criminales, de no estar expresamente reservadas en su conocimiento y resolución auna cualquiera de las jurisdicciones o fueros especiales (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fuero ordinario puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), reducidos hoy día al castrense y al eclesiástico, aun cuando vayan afirmándose asimismo la jurisdicción laboral y la comercial.
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