Fuero de Atracción de los Juicios Universales

Fuero de Atracción de los Juicios Universales en Argentina en Argentina

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Definición de Fuero de atracción de los juicios universales

Según el concepto de Fuero de atracción de los juicios universales que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fuero de atracción de los juicios universales hace referencia a lo siguiente:

Un juicio universal (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fuero de atracción de los juicios universales puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) -es decir, la quiebra, el concurso civil y los juicios sucesorios-, al poner en juego la totalidad de un patrimonio, atrae al juzgado donde se tramita, si bien con algunas excepciones, todas las acciones patrimoniales que hubiere contra el quebrado, el concursado o el causante, respectivamente. A este fenómeno se denomina fuero de atracción.

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