Forma

Forma en Argentina en Argentina

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Definición de Forma

Según el concepto de Forma que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Forma hace referencia a lo siguiente:

Figura, apariencia exterior de las personas y cosas.

Concepto Alternativo del Término

Modo de proceder.

Concepto Alternativo del Término

Aptitud, disposición.

Concepto Alternativo del Término

Manera, estilo.

Concepto Alternativo del Término

Expresión de la voluntad de las partes y constancia de un negocio jurídico.

Concepto Alternativo del Término

Requisitos externos de los actos jurídicos.

Concepto Alternativo del Término

Manera o modo de proceder en la instrucción de una causa, instancia o proceso, y en la celebración de un contrato o acto que deba surtir efectos legales.

Concepto Alternativo del Término

Procesalmente, tramitación y procedimiento, en contraposición al fondo (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Forma puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) de una causa o pleito.

Concepto Alternativo del Término

Canónicamente, las palabras rituales que en cada sacramento pronuncia el ministro competente para integrar la esencia de aquél (según la definición proporcionada por el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual).

Forma en el Derecho Argentino

Visión General

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