Fondo de Garantía en Argentina en Argentina
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Definición de Fondo de garantía
Según el concepto de Fondo de garantía que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fondo de garantía hace referencia a lo siguiente:
Institución de carácter oficial que tiene por finalidad, en los casos de accidente de trabajo o de enfermedad de igual origen, garantizar a la víctima o a sus derechohabientes la percepción de las indemnizaciones a que tienen derecho, en previsión de la posible insolvencia del patrono obligado al pago. Las leyes determinan la forma de proveer al fondo de los recursos necesarios para el cumplimiento de su obligación. Como bien dice Pozzo. de nada servirían al trabajador las normas establecidas legalmente acerca de la responsabilidad patronal «si no se hubiese buscado una fórmula que le garantice el efectivo pago de la indemnización, aun en el caso, no poco frecuente en la práctica, de la insolvencia patronal».
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