Firma A Ruego

Firma A Ruego en Argentina en Argentina

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Definición de Firma a ruego

Según el concepto de Firma a ruego que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Firma a ruego hace referencia a lo siguiente:

Posibilidad de que, en caso de que una de las partes intervinientes en el otorgamiento de un instrumento jurídico no sepa o no pueda firmar, lo suscriba un tercero a instancias de aquélla. En el Derecho argentino, la firma a ruego tiene validez sólo en materia de instrumentos públicos del Derecho Civil. En cambio, aun para los instrumentos privados, se acepta en el campo comercial.

Firma a Ruego en el Derecho Argentino

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