Fianza

Fianza en Argentina en Argentina

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Definición de Fianza

Según el concepto de Fianza que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fianza hace referencia a lo siguiente:

Obligación accesoria que uno contrae para seguridad de que otro pagará lo que debe o cumplirá aquello a que se obligó, tomando sobre sí el fiador (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fianza puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) verificarlo él en el caso de que no lo haga el deudor principal, el que directamente estipuló para sí.

Concepto Alternativo del Término

También, la prenda que da el contratante en seguridad del buen cumplimiento de su obligación.

Concepto Alternativo del Término

La cosa que se sujeta a esa responsabilidad, especialmente cuando es dinero, que pasa a poder del acreedor o se deposita y consigna (según la definición proporcionada por el Diccionario de la Academia de la Lengua).

Más sobre Fianza

La fianza puede ser convencional, pues, como se dice en algún concepto legal, habrá contrato de fianza cuando una de las partes se hubiere obligado accesoriamente por un tercero, y el acreedor de ese tercero hubiere aceptado su obligación; pero puede también constituirse fianza como acto unilateral, antes de que sea aceptada por el acreedor.

Más Detalles sobre Fianza

Otros orígenes y clases de la fianza son el legal y el judicial, según que sea impuesta por la ley o por los jueces. Es simple o pura, cuando el fiador tiene a su favor el beneficio de excusión (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fianza puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) de los bienes del deudor, o cl beneficio de división (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fianza puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) si son varios los fiadores, y es solidaria cuando, por haberse así estipulado, el fiador no puede valerse de los beneficios de excusión y división. Según la obligación a que esté afectada, tendrá carácter civil o comercial.

Desarrollo

En orden al Derecho Procesal Civil y Penal, son fianzas judiciales, entre otras, la de arraigo y la que se exige en ocasiones para la excarcelación de un imputado; equivale a caución (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Fianza puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) en ese sentido. (Véase asimismo EXCEPCIÓN DE ARRAIGO)

Fianza

Fianza en el Derecho Argentino

Visión General

Recursos

Véase También

  • Contrato de fianza

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