Falta De Personalidad

Falta De Personalidad en Argentina en Argentina

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Definición de Falta de personalidad

Según el concepto de Falta de personalidad que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Falta de personalidad hace referencia a lo siguiente:

Excepción dilatoria que el demandado puede esgrimir cuando el actor carezca de las condiciones necesarias para comparecer en juicio o si no acredita el carácter o representación con que reclama, y también cuando el procurador del demandante tenga insuficiente o ilegal poder. Puede oponerla también como dilatoria el demandante cuando la falta de personalidad se dé en el demandado o su representante (según la definición proporcionada por el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual).

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