Fallar

Fallar en Argentina en Argentina

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Definición de Fallar

Según el concepto de Fallar que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fallar hace referencia a lo siguiente:

Dictar sentencia en juicio. En algunas legislaciones, por imperio legal, los jueces están obligados a fallar en todas las causas sometidas a su decisión, sin que sirva como pretexto para no hacerlo el silencio u obscuridad de la ley, incurriendo de lo contrario en delito penalmente sancionado. (Véase asimismo SENTENCIA.)

Fallar

Explicación y/o Definición de Fallar que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Dictar un fallo.(1)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Fallar en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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