Facultades Mentales

Facultades Mentales en Argentina en Argentina

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Concepto de Facultades Mentales (en referencia a la Imputabilidad en el Código Penal Argentino)

En el Marco de la Imputabilidad Penal y Aspectos Biológicos

Resumen

Dentro de la terminología psicológica, este vocablo ha caído en desuso, ya que literalmente sólo significa, poder o potencia para efectuar una acción. Si identificamos el concepto de facultades con el de mente, la definición de esta última, consignada por Núñez según la legislación italiana de 1889, sería el conjunto de todas las facultades psíquicas del hombre, innatas o adquiridas, desde la memoria hasta la conciencia, desde la inteligencia hasta la voluntad, desde el raciocinio al sentido moral. Sin embargo, Núñezí advierte que de la definición debe excluirse la conciencia moral. Entiende que ésa es la idea de la ley, que sólo hace referencia a una insuficiencia o alteración de las facultades psíquicas de carácter intelectual (comprensión y volición del acto, prescindiendo de la facultad ética de valorar). Las objeciones formuladas a esta interpretación no carecen de contundencia. Amén de que ya nadie acepta una psicología cercenada, los sentimientos morales que nacen de la esfera afectiva del psiquismo constituyen los supremos reguladores de la conducta humana, confirmando la sentencia criminológica de Mezger2, quien expresa que el problema básico de la psicología criminal yace en la investigación de la disposición afectiva individual. Por otra parte, el comprender no se reduce sólo a una operación intelectual, sino que emana de la esfera afectiva, desde la que captamos y sentimos el mundo de los valores. En psicología penal, comprender es valorar; se comprende lo que se siente, el no sentirlo es índice de falta de comprensión. Quiérase o no, el ingrediente afectivo no deja de infiltrarse en los entretelones de cualquier acto humano, asumiendo, en muchas oportunidades, el comando psicológico: lo afectivo es lo efectivo. De esta manera, la razón intelectualizada se ve relegada a un plano totalmente secundario. Las necesidades primordiales de la vida, el imperio de los instintos, los sentimientos, las pasiones y los estados emocionales no pueden quedar ausentes en la etiología de los comportamientos delictivos, también sujetos a valoración jurídica. La responsabilidad no se piensa, se siente. De acuerdo con la psicología penal, reducir el concepto de mente (facultades) sólo a la órbita intelectual y volitiva, es amputar el factor más importante de la personalidad humana. Más adelante veremos cómo este problema adquiere capital importancia en la valuación forense de las personalidades psicopáticas, en las que el defecto estructural reside en la esfera de los sentimientos y de la voluntad.

Responsabilidad Penal, Enfermo Mental, Imputabilidad

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