Externalidad

Externalidad en Argentina

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Concepto de Externalidad

Definición de externalidad en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Perjuicio o beneficio experimentado por un individuo o una empresa a causa de acciones ejecutadas por otras personas o entidades. (Según la definición sobre externalidad proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Estos problemas [la desocupación, la desigualdad social, la corrupción y la marginalidad] que los economistas llaman «externalidades», que son como consecuencias no deseadas, llegan a acumular tal grado de disfuncionalidad que pueden poner en riesgo a todo el sistema, como está pasando en Asia. (R1: 94). Externalidad en inglés: outsourceness. Externalidad en francés: externalités.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre externalidad basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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